Días atrás entró en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos, derogando la Directiva 95/46/UE (Reglamento General de Protección de Datos) el cual será de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018.
Sin dudas, uno de los puntos más trascendentales de la nueva norma es la obligación inserta en su Artículo 20, el Derecho a la Portabilidad de los Datos, dado que su aplicación de seguro traerá no sólo una necesaria normalización de las estructuras de datos a utilizar por quienes sean Responsables y Encargados del tratamiento, sino que también abrirá un nuevo capítulo referido a la seguridad de esos datos al momento de ser transmitidos de un Responsable a otro.